En el presente artículo, analizaremos los cambios más recientes en la legislación de la nacionalidad española para el año 2023. En primer lugar, actualizaremos los requisitos necesarios para obtener la nacionalidad española, así como la documentación necesaria para presentar la solicitud y los tiempos estimados del proceso de trámite. Además, abordaremos las nuevas condiciones para la adquisición de la nacionalidad por residencia, donde se han modificados los plazos de residencia requeridos y se han establecido criterios de integración social y cultural. Por último, vamos a explorar las implicaciones que estos cambios tienen para los ciudadanos extracomunitarios, incluyendo las nuevas vías de obtención de la nacionalidad y las consecuencias que los cambios en los trámites de residencia puedan tener. Acompáñenos mientras analizamos esta importante actualización legislativa.
Requisitos actualizados para obtener la nacionalidad española
Documentación necesaria para la solicitud
Los requisitos actualizados para obtener la nacionalidad española se han visto modificados con la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática. Esta ley amplía las opciones de adquisición de la nacionalidad española y beneficia a diferentes categorías de personas.
Para solicitar la nacionalidad española según la Ley de Memoria Democrática, se requiere presentar una serie de documentos antes del 21 de octubre de 2024 en la oficina consular correspondiente. A continuación, se detalla la documentación necesaria según cada caso:
Caso 1: Nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles
- Impreso de declaración de datos y solicitud de inscripción como residente cumplimentados y firmados.
- Certificado de nacimiento del solicitante expedido por el registro civil local, original y apostillado.
- Certificado de nacimiento del/de los progenitor/es que tenga la nacionalidad española, original y copia.
- Certificado de nacimiento del/de los progenitor/es que no tenga la nacionalidad española, original y apostillado.
- Certificado de matrimonio civil de los progenitores (si existiera el matrimonio), original y apostillado.
- Identificación oficial del solicitante: pasaporte o RG (para brasileños) o RNM (para extranjeros).
- En caso de que la nacionalidad provenga de los abuelos, certificado de nacimiento del abuelo o abuela del solicitante que originariamente hubiera sido español/a expedido en los últimos 12 meses.
Caso 2: Hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros
- Impreso de declaración de datos y solicitud de inscripción como residente cumplimentados y firmados.
- Certificado de nacimiento del solicitante expedido por el registro civil local, original y apostillado.
- Certificado de nacimiento de la madre española, original y copia.
- Certificado de nacimiento del padre, apostillado, original y copia.
- Certificado de matrimonio civil de los progenitores (si existiera el matrimonio), original y apostillado.
- Identificación oficial del solicitante: pasaporte o RG (para brasileños) o RNM (para extranjeros).
Caso 3: Hijos/as mayores de edad de aquellos que adquirieron la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica
Los hijos mayores de edad de españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen mediante el derecho de opción, también pueden optar por obtener la nacionalidad española. Para ello, deben presentar la siguiente documentación:
- Impreso de declaración de datos y solicitud de inscripción como residente cumplimentados y firmados.
- Certificado de nacimiento del solicitante expedido por el registro civil local, original y apostillado.
- Certificado de nacimiento de los progenitores, original y copia.
- Certificado de matrimonio civil de los progenitores (si existiera el matrimonio), original y apostillado.
- Identificación oficial del solicitante: pasaporte o RG (para brasileños) o RNM (para extranjeros).
Es importante tener en cuenta que cada caso puede requerir documentación adicional y los requisitos específicos pueden variar dependiendo de la oficina consular correspondiente. Por tanto, es recomendable consultar la información proporcionada por el consulado de referencia para obtener una guía completa y actualizada sobre los requisitos y documentación necesaria en cada caso.
Nuevas condiciones para la adquisición de la nacionalidad por residencia
En España, las nuevas condiciones para la adquisición de la nacionalidad por residencia permiten a ciertos grupos obtener la nacionalidad española a través de vínculos familiares y casos especiales relacionados con la historia política y social del país.
Descendientes de españoles exiliados por razones políticas
Los descendientes de padres, madres, abuelos o abuelas que originalmente fueron españoles y perdieron o renunciaron a su nacionalidad debido al exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual pueden solicitar la nacionalidad española. Se requiere presentar certificado literal de nacimiento, actas de nacimiento de los progenitores españoles y no españoles, actas de matrimonio civil de los progenitores, identificación oficial del interesado (preferentemente pasaporte) y certificación literal de nacimiento del abuelo o abuela que originalmente hubiera sido español.
Hijos de españolas casadas con extranjeros antes de 1978
Los hijos nacidos en el extranjero de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978 también pueden beneficiarse de estos cambios. Se debe presentar certificado literal de nacimiento, actas de nacimiento de los progenitores españoles y no españoles, actas de matrimonio civil de los progenitores, identificación oficial del interesado y, en caso de matrimonios formalizados entre el 5 de agosto de 1954 y el 28 de diciembre de 1978, documentación que demuestre la adquisición de la nacionalidad española por parte de la madre a través de su esposo.
Hijos mayores de edad de españoles reconocidos por derecho de opción
Los hijos mayores de edad de españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen mediante el derecho de opción establecido en la ley también pueden optar por la nacionalidad española. Los documentos requeridos son los mismos que en los casos anteriores.
Es importante tener en cuenta que estos cambios en la legislación amplían las posibilidades de obtener la nacionalidad española a través de vínculos familiares y en casos especiales relacionados con la historia política y social de España. Se debe cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación requerida en la oficina consular correspondiente para tramitar la solicitud de nacionalidad española.
Implicaciones para los ciudadanos extracomunitarios
La nueva legislación de la nacionalidad española para 2023 ha traído consigo una serie de implicaciones para los ciudadanos extracomunitarios. Estas implicaciones se derivan de los cambios en los trámites de residencia y las nuevas vías de obtención de la nacionalidad.
Nuevas vías de obtención de la nacionalidad
La Ley de Memoria Democrática, en vigencia desde el 21 de octubre, ha ampliado las opciones de adquisición de la nacionalidad española para diferentes categorías de personas. Entre estas categorías se incluyen:
- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que perdieron o renunciaron a su nacionalidad debido al exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual.
- Los hijos nacidos en el extranjero de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Los hijos mayores de edad de españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen según el derecho de opción establecido en la Ley de Memoria Histórica.
Estas nuevas vías de obtención de la nacionalidad española permiten a estos grupos de personas recuperar un derecho que les fue negado en el pasado debido a circunstancias históricas y políticas.
Consecuencias de los cambios en los trámites de residencia
Los cambios en los trámites de residencia también han tenido implicaciones para los ciudadanos extracomunitarios que deseen solicitar la nacionalidad española. La presentación de la documentación requerida antes del 21 de octubre de 2024 en la oficina consular correspondiente es un paso fundamental en este proceso.
Dependiendo del caso específico, la documentación necesaria puede incluir certificados de nacimiento, certificados de matrimonio civil, identificación oficial y otros documentos. Es importante realizar la solicitud en la oficina consular correspondiente y consultar la información proporcionada por el consulado de referencia para conocer los requisitos específicos y la documentación adicional que pueda ser necesaria.
Las implicaciones de los cambios en la legislación de la nacionalidad española para 2023 afectan principalmente a los ciudadanos extracomunitarios, quienes ahora tienen nuevas vías de obtención de la nacionalidad y deben cumplir con los requisitos y trámites actualizados. Estos cambios representan una oportunidad para aquellos que desean obtener la nacionalidad española y fortalecer su vínculo con el país.
En Grupo Defensa, hemos analizado exhaustivamente los cambios más recientes en la legislación de la nacionalidad española para 2023. Hemos abordado los requisitos actualizados para obtener la nacionalidad española, incluyendo la documentación necesaria para la solicitud y el proceso de trámite y los tiempos estimados. También hemos destacado las nuevas condiciones para la adquisición de la nacionalidad por residencia, como las modificaciones en los plazos de residencia requeridos y los criterios de integración social y cultural. Asimismo, hemos explorado las implicaciones para los ciudadanos extracomunitarios, detallando las nuevas vías de obtención de la nacionalidad y las consecuencias de los cambios en los trámites de residencia. Si deseas obtener más información sobre este tema y otros asuntos relacionados, te invitamos a leer otros artículos en nuestro blog: Grupo Defensa.

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